Tarifas notariales: el precio de la escritura o acta notarial

¿Hay Notarios más baratos? El precio de los servicios notariales no es libre, sino que está regulado por el Gobierno de España para todos los Notarios, quienes han de aplicar unas tarifas uniformes, aunque con márgenes para la competencia. El precio del Notario puede abaratarse mediante la aplicación de determinados descuentos en las tarifas de escrituras y pólizas, que pueden determinar que un Notario sea más barato!

La tarifa que cobra el Notario por sus servicios debe estar ajustada a la normativa reguladora  del ARANCEL NOTARIAL (RD 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se regula el Arancel de los Notarios). El entendimiento de la factura del Notario, así como el discernimiento de si el Arancel ha sido correctamente aplicado, puede llegar a ser para el usuario no iniciado una tarea semejante en lo arduo a la interpretación de la factura de la luz. Pues bien, trataremos de arrojar algo de claridad mediante la explicación de los conceptos más frecuentes que debemos tener en cuenta para CÁLCULO DE LOS ARANCELES NOTARIALES.

Así, el precio de los servicios del Notario es, generalmente, la suma de:
ACTO DOCUMENTADO + FOLIOS DEL DOCUMENTO + COPIAS EXPEDIDAS + IVA

Veámoslos por separado:

ACTO DOCUMENTADO: Es el hecho, acto o negocio que se plasma en el acta o escritura. O sea, la compraventa, la donación, el testamento, la herencia, el hecho que motiva un acta, y un infinito etc. Cualquiera de ellos pertenece a una de dos categorías:

  • Los que pueden cuantificarse económicamente porque tienen un valor o precio; como el precio de una compraventa, el valor de una donación o de una adjudicación de herencia, la cuantía en que se aumenta el capital de una sociedad, o el conjunto de cantidades que se garantizan en un préstamo hipotecario. Estos se denominan ACTOS DE CUANTIA, y si la escritura documenta varios, cada uno de ellos constituye una BASE y se minutan aplicando por cada base una cantidad extraída de una escala creciente.

La ESCALA es la siguiente:
Cuando el valor no exceda de 6.010,12 €:————————– 90,151815 €.
Por el exceso comprendido entre 6.010,13 y 30.050,60 €: ——4, 5 por 1.000.
Por el exceso comprendido entre 30.050,61 y 60.101,21 €:—–1,50 por 1.000.
Por el exceso comprendido entre 60.101,22 y 150.253,03 €: —1 por 1.000.
Por el exceso comprendido entre 150.253,04 y 601.012,10 €:– 0,5 por 1.000.
Por lo que excede de 601.012,11 € hasta 6.010.121,04 €: ——–0,3 por 1.000.
Por el exceso de 6.010.121, 04€ —————————————— 0,15 por 1000.

  • Los que NO pueden cuantificarse económicamente por no tener por objeto una cantidad o cosa valuable: un poder, un testamento, un nombramiento de administrador, o un acta de fotografías. Se denominan ACTOS SIN CUANTÍA, y por cada uno se aplica una CANTIDAD FIJA:
    Escrituras en general ——————– 30,05€
    Poderes para pleitos ——————– 15,02€
    Actas notariales ————————– 36,05€

Tenemos, pues, un primer concepto minutado, que será el resultado de sumar las cantidades correspondientes a los actos de cuantía o sin cuantía que comprenda la escritura.

Para determinados actos, como la compraventa de viviendas o la hipoteca, la Ley contempla REDUCCIONES, dispersas en diversas leyes, que minorarán esa cantidad resultante. También son aplicables, si ha lugar a ello, determinados INCREMENTOS como diligencias o salidas del despacho, o exceso de apoderados, que se minutan aparte.

NUMERO DE FOLIOS: la extensión de la escritura influye en su precio, pues a mayor número de folios mayor será el coste de la propia escritura (y de sus copias). Concretamente los FOLIOS DE LA MATRIZ devengarán 3,02€ por cada folio de exceso a partir de quinto, inclusive.

COPIAS EXPEDIDAS: Las copias, tanto simples como autorizadas, son un concepto minutable. La cuantía que se cobra depende del número de folios de la copia, así como del número de años que haya estado bajo la custodia del Notario.

DESCUENTOS EN EL PRECIO DE LA ESCRITURA NOTARIAL: Se posibilita la competencia notarial en precios de escritura mediante la licitud de determinadas rebajas en el precio que resulta de la aplicación exacta del Arancel.

Así, cabe:
– Que para aquellas bases que excedan los 6 millones de Euros, en el tramo superior a los 6 millones, los honorarios sobre la cuantía se pacten libremente.
– Y para cualquier escritura, que sobre la cantidad resultante el Notario aplique una rebaja de un máximo del 10%.

IVA: Como toda entrega de bienes o prestación de servicios en general, el del Notario está sujeto a IVA al tipo general del 21%, que deberá aplicarse a la base constituida por la suma de todos los conceptos anteriores.

Ponemos a continuación unos ejemplos aproximados del precio  de varias escrituras habituales de DOCUMENTOS SIN CUANTÍA:
PODERES GENERALES ———————————————75,00€
PODERES ESPECIALES ——————————————– 55,00€
PODERES DE REPRESENTACIÓN PROCESAL (PLEITOS)—- 50,00 €
TESTAMENTOS —————————————————– 40,00€
CAPITULACIONES MATRIMONIALES————————— 70,00 €
DIVORCIO SIN REPARTO DE BIENES ————————— 130,00€
MATRIMONIO——————————————————–120,00€

DOCUMENTOS DE CUANTÍA: Para calcular el PRECIO DE LA ESCRITURA de su COMPRAVENTA, HIPOTECA, DONACIÓN, SOCIEDAD, Y OTROS DOCUMENTOS DE CUANTÍA acceda a nuestra CALCULADORA DE PRECIOS NOTARIALES en nuestra web:

www.notaria-madrid.es/calculadora-honorarios

ADVERTENCIA:Estos precios son indicativos, aplicables en esta Notaría, e incluyen el IVA. Están calculados para un documento de contenido habitual, y con la expedición de una copia autorizada.

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