Escritura de Constitución de Hipoteca: Gastos, LCCI y Asesoramiento Notarial Previo
La constitución de un préstamo hipotecario es la decisión financiera más relevante en la adquisición de una vivienda. Ante esta trascendencia, el marco legal actual establece garantías sólidas para el consumidor.
Desde la entrada en vigor de la Ley 5/2019, de Contratos de Crédito Inmobiliario (LCCI), el proceso ha sido rigurosamente modificado para proteger al consumidor (BP3): ahora, el banco asume la mayoría de los gastos de la hipoteca, y usted tiene el derecho inalienable de elegir libremente el Notario que le asesore de forma gratuita antes de la firma.
Nuestro servicio se centra en asegurar el cumplimiento de esta Ley, garantizando su comprensión y protegiendo sus intereses a largo plazo. Confirme su derecho de elección y comience su proceso de asesoramiento con nuestra Notaría.
Para conocer el precio notaria hipoteca y calcular los gastos que asume la entidad financiera (y aquellos que le corresponden a usted, como la tasación), ejerza su derecho a un asesoramiento gratuito lo antes posible.
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1. La Seguridad Legal Obligatoria: La LCCI y el Acta de Transparencia
La Ley de Crédito Inmobiliario (LCCI) convierte al Notario en el garante de la transparencia y la comprensión del consumidor. Este proceso, centrado en el Acta Notarial Previa (o Acta de Transparencia), es el servicio más importante que ofrecemos en esta fase.
1.1. El Eje del Proceso: El Acta de Asesoramiento Notarial
El Acta de Asesoramiento es el acto formal por el cual el Notario verifica que el consumidor ha recibido, revisado y comprendido toda la documentación precontractual del banco.
¿Qué Verifica el Notario?
- Que el banco le ha entregado la documentación obligatoria (FEIN, FIAE, Proyecto de Escritura) con una antelación mínima de diez (10) días naturales (plazo de reflexión).
- Que usted ha comparecido para que le expliquemos, de forma individualizada y gratuita, todas las cláusulas relevantes, especialmente las referidas a intereses, comisiones, vencimiento anticipado y gastos.
Finalidad: Firmar este Acta es un requisito indispensable y obligatorio para poder formalizar la escritura de préstamo hipotecario diez días después. Su fin último es eliminar la asimetría informativa entre el banco y usted.
1.2. Derecho Fundamental: Usted Elige Notario
El consumidor tiene el derecho de elegir el notario para hipoteca que desee, sin coacción o imposición por parte de la entidad financiera. Elegir a su Notario es elegir la independencia del profesional que supervisará su contrato.
No permita que la entidad financiera limite su derecho. Si el banco insiste en un Notario predeterminado, se está incumpliendo gravemente la LCCI. Contáctenos inmediatamente si esto ocurre.
¿Ya tiene la documentación del banco? Si su entidad financiera ya le ha entregado la documentación legal (FEIN y FIAE), el plazo de 10 días para el Acta Notarial ha comenzado. No demore su cita.
2. Gastos de Hipoteca: Quién Paga Qué
Una de las mayores ventajas de la LCCI para el consumidor es la reasignación de los gastos notaria hipoteca y otros costes. Este cambio legal ofrece una gran claridad sobre el desembolso final que usted, como prestatario, debe asumir.
2.1. Costes a Cargo de la Entidad Financiera (El Banco)
El banco debe asumir la práctica totalidad de los costes de formalización:
- Aranceles Notariales: Los honorarios del Notario por la Escritura de Préstamo Hipotecario.
Inscripción Registral: Los costes del Registro de la Propiedad por la inscripción de la garantía hipotecaria. - Gestoría: Los gastos derivados de la gestoría necesaria para tramitar la liquidación de impuestos y la inscripción registral.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD): Este impuesto recae en la entidad financiera, no en el cliente.
2.2. Costes que Asume el Consumidor (Usted)
A pesar de que el banco asume la mayoría de los costes, existen dos gastos que por ley siguen recayendo sobre el prestatario (el cliente):
- Tasación de la Vivienda: Es un requisito previo indispensable para que el banco conceda la hipoteca. Usted debe contratar al tasador.
- Copias de la Escritura: El coste de la copia simple y la copia autorizada de la escritura que usted solicite para su archivo personal.
Para un conocimiento exhaustivo de la normativa y del impacto económico de cada componente, acceda a nuestro contenido especializado: Consulte el desglose detallado de gastos de hipoteca.
3. Coordinación de Servicios: Compraventa e Hipoteca
Si está financiando la compra de su vivienda, es habitual que la Escritura de Compraventa y la de Hipoteca se realicen de manera coordinada, a menudo en el mismo acto o día. Esta unidad de acto requiere una planificación rigurosa con el vendedor, el banco y el registro.
Si necesita gestionar la compraventa de su vivienda, podemos coordinar ambos procesos con la máxima eficiencia, asegurando que el cierre de ambas operaciones (compra y financiación) se realice sin contratiempos.
Si necesita gestionar también su escritura de compraventa de vivienda, consulte nuestros servicios.
4. La Función del Notario: Un Filtro Legal que Protege su Inversión
Nuestra función como notario para hipoteca va mucho más allá de la mera lectura. Actuamos como un filtro legal que garantiza la validez, legalidad y equidad de su contrato de préstamo:
- Verificación Contractual: Revisamos que las cláusulas del Proyecto de Escritura cumplan estrictamente con las condiciones ofrecidas en la FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) y que no contengan cláusulas abusivas que hayan sido declaradas nulas por la jurisprudencia.
- Seguridad Registral y Cargas: Verificamos que la propiedad que actúa como garantía (la vivienda) se encuentre libre de cargas que pudieran comprometer la hipoteca.
- Rigor en la Redacción: Nos aseguramos de que los términos de la hipoteca (intereses, comisiones, amortización) queden redactados de forma clara, precisa y conforme a la voluntad de ambas partes.
5. Documentación y Proceso para una Firma Rápida
La clave para que la firma de su hipoteca sea rápida y eficiente reside en la correcta gestión de la documentación por parte del banco y su cumplimiento del plazo de 10 días.
Documentación que debe entregar el Banco
Para su acta y firma, la entidad debe poner a su disposición telemáticamente:
- FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada): Contiene las condiciones financieras personalizadas del préstamo (tipo de interés, importe, plazo).
- FIAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas): Detalla las cláusulas sensibles y los riesgos.
- Simulaciones de Cuotas: Cómo variarían sus pagos en distintos escenarios.
- Proyecto de Escritura: El borrador del contrato legal a firmar.
Documentación que debe aportar Usted
- DNI/NIE original en vigor.
- Acta de Asesoramiento firmada (la cual habremos firmado juntos en su visita previa y gratuita).
La Ley 5/2019 se creó para perfiles como el suyo: para protegerle, informarle y darle poder frente a las entidades financieras. Ya tiene la certeza de que los gastos de notaria y registro de hipoteca corren por cuenta del banco y que cuenta con un Notario dispuesto a explicarle cada punto antes de que se comprometa a largo plazo.
No firme con dudas. Elija seguridad y transparencia.
ELIJA SU NOTARIO
La Ley de Crédito Inmobiliario le da derecho a el notario que le asesorará previamente sobre las condiciones de su préstamo y las consecuencias jurídicas de tener una hipoteca. Este asesoramiento es gratuito.
Si desea elegir uno de nuestros NOTARIOS, por favor rellene estos datos y nos pondremos en contacto con Vd. lo antes posible para informarle de los próximos pasos.

