- DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
- DNI, TARJETA DE RESIDENCIA o PASAPORTE de la persona que da el poder. Si se trata de una SOCIEDAD, escrituras de nombramiento de administrador o apoderado.
- Datos de los ABOGADOS y/o PROCURADORES a los que se concede el poder.
- CONTENIDO:
En la ESCRITURA DE PODER PARA PLEITOS se consignarán facultades generales de representación en el ÁMBITO JUDICIAL, y determinadas cuestiones ADMINISTRATIVAS y PROCEDIMENTALES, pudiendo limitarse en los términos que desee el poderdante.