ESCRITURA DE PODER

  • DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
    • DNI, TARJETA DE RESIDENCIA o PASAPORTE de la persona que da el poder. Si se trata de una SOCIEDAD, escrituras de nombramiento de administrador o apoderado.
    • Datos de la persona que recibe el poder.
    • Cuando el poder se otorga para que subsista incluso en los supuestos de incapacidad del poderdante, es necesario aportar los datos de su INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO en el Registro Civil (Partida de nacimiento).
  • IMPUESTOS APLICABLES:
    El otorgamiento de un poder de representación no está sujeto a impuestos.
  • CONTENIDO:

    En la ESCRITURA DE PODER se consignarán aquéllas facultades que nos indique el poderdante en relación con los actos para los que se autorice al apoderado, pudiendo ser:

    • PODERES GENERALES: Contienen una relación amplísima de facultades que permite al apoderado/s hacer prácticamente cualquier cosa a nombre de la persona que concede el poder. Pueden limitarse en los actos que el poderdante no desee autorizar.
    • PODERES ESPECIALES: Se conceden para una cuestión concreta que el poderdante no quiere o puede hacer por sí.

Precio de la escritura de ESCRITURA DE PODER

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